Estándares internacionales: Derecho a una vida sin violencia: violencia simbólica, física, sexual, económica y doméstica. Derecho a una tutela judicial efectiva: acceso a justicia y debida diligencia.
Dependencia: Cámara Primera en lo Criminal
Carátula: “S., N. A. s/ Homicidio agravado por el vínculo en circunstancias extraordinarias de atenuación”.
Resolución: Sentencia N.º 18.300
Fecha: 24/09/24



RESUMEN:
La Cámara Primera en lo Criminal absolvió de culpa y cargo a una mujer responsable de la muerte de su cónyuge, por entender que se comprobaron los extremos de la Legítima Defensa del art. 34 inc. 6º del Código Penal. Al respecto el Tribunal ha dicho que: “...por todo lo razonado se impone como norte comprender la problemática de género, y en consecuencia al momento de sentenciar, la perspectiva de género deviene obligatoria, en razón de los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina a través de la ratificación y el rango constitucional de ciertas normas del derecho internacional de los derechos humanos...Estas directrices, conducen a concluir de manera contundente el contexto de violencia de género y de vulnerabilidad, en el que se desarrollaba la relación conyugal... manteniéndola atrapada sin salida, siendo un acto de defensa (legítima) el que ejerce ...y al que llega de manera forzada, poniendo punto final a tantos años de virulencia soportada”.

Instrumentos jurídicos
- Convención CEDAW
- Convención de Belém Do Pará
- Ley Nacional N.º 26.485

 

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