Forma de trabajo en Dependencias Judiciales
Conforme Art. 5 del Decreto Nacional 520/2020; Decreto Provincial 134/2020; Acordada 3051 del S.T.J. Art. 6 y 12 R.I.A.J. En todas las Dependencias del Poder Judicial de la Provincia de Formosa:
- Se encuentra prohibido el ingreso de toda persona sin barbijo colocado en debida forma.
- El ingreso a las distintas Dependencias judiciales se permitirá únicamente y sin excepción a quienes cuenten con turno asignado y se encuentren en la nómina de personas autorizadas en los ingresos de los edificios.