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AÑO DEL CINCUENTENARIO DEL PODER JUDICIAL DE ProductIDLA PROVINCIA DELA PROVINCIA DE FORMOSA


Expte Nº: 00212/08 - Inc.de Redargucion de Falsedad - LOPEZ THOMPSON CARLOS J. --- (000)

Formosa, 19 de agosto del dos mil diez.- Fórmese INCIDENTE DE REDARGUCION DE FALSEDAD. Previamente, informe del Actuario el estado de la causa principal.-

Dra. GRISELDA OLGA GARCIA
JUEZ

SEÑORA JUEZ: Informo a S.S. que en los autos principales intervienen como apoderados: por el actor Sr. RUBEN DARIO BOGADO, los Dres. ALBERTO F. SANCHEZ Y MANUEL ANTONIO MARIÑO AVALOS con domicilio constituido en la calle José María Uriburu No. 420 de esta ciudad y el real en Bo. Virgen de Itati Calle Barbieri No. 970 de esta ciudad. Que a fs. 149, renuncia al mandato conferido a fs. 1 el Dr. ALBERTO F. SANCHEZ y a fs. 150 se denuncia nuevo domicilio procesal en calle Fontana No. 278 Altos. Por la demandada Sra. MARIA CONCEPCIÓN PRINCICH, el Dr. CARLOS JORGE LOPEZ THOMPSON y el mismo por su propio derecho, con el patrocinio del Dr. DANIEL COSTA, constituyendo domicilio legal en calle Saavedra No. 264 y los reales en la localidad de Agente Argentino Alegre de ProductIDla Provinciala Provincia de Formosa y calle Fortín Yunka No. 981 de esta ciudad respectivamente. Que a fs. 73/74, se abre la causa a prueba mediante resolución No. 1101/09 de Resoluciones del Juez de ProductIDla Causala Causa, ordenándose la informativa de la parte actora pto.. "e" al HOSPITAL CENTRAL DE FORMOSA, librándose el respectivo Oficio No. 69/10 el 26/03/10, acompañándose constancia de recepción del 31/03/10. Que a fs. 152/162 conjuntamente con Oficio No. 73/10 al SERVICIO DE TRAUMATOLOGIA DEL HOSPITAL CENTRAL DE FORMOSA. Que a fs. 173/174, los demandados impugnan dicha informativa, disponiéndose a fs. 175 librar Oficio al HOSPITAL CENTRAL DE FORMOSA a los fines de solicitar la remisión del original de ProductIDla HistoriaProductIDla Historia Clínicala Historia Clínica No. 26575410 en los términos del Art. 400 del CPCC de aplicación supletoria., trámite no realizado a la fecha por el impugnante.- Que se amplia a fs. 152, notificados las partes, a fs. 165vta., 166vta. y 167vtas. Encontrándose la causa en etapa de producción de las pruebas ofrecidas por las partes.- ES MI INFORME. SECRETARIA, de agosto del 2.010.-
                                   
MILTON ROLANDO CECOTTO
SECRETARIO ACTUANTE



Formosa, 19 de agosto del dos mil diez.- Téngase presente lo informado por el Actuario precedentemente y tómese razón de la iniciación del presente incidente en los autos principales. Pasen los autos al ACUERDO para considerar la prueba anticipada peticionada por el incidentista. Encontrándose vacante un cargo de Juez de ProductIDla Sala TerceraProductIDla Sala Tercerala Sala II, intégrese el Tribunal con ProductIDla Sala Tercerala Sra. Presidente de ProductIDla Sala Tercerala Sala Tercera o su subrogante legal.- Hágase saber a la misma en su público despacho.-
phv
Dra. GRISELDA OLGA GARCIA
JUEZ



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