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Expte Nº: 00013/07 - Ejec. Sentencia - Dr. Santiago Juan Volta --- (000)
Formosa, 15 de diciembre de 2009.- ...
  •      Informe ProductIDla Actuaria.-la Actuaria.-



MARTHA O.NEFFEN DE LINARES
JUEZ

INFORME DE SECRETARIA:
Hago saber a V.S. que en autos principales a fs.185/192 de los autos principales obra sentencia Nº 41/08, en la que se hizo lugar parcialmente a la demanda promovida contra Puerto Tirol SRL. condenando a este a pagar la suma de $ 220.669,74 AL SR.González y la suma de $ 170.235,.95para el sr.Martinez.-A fs.194/197 obra planilla de liquidación ascendiendo la misma a la suma de $ 890.882,20.- Ambas partes se encuentran notificadas a fs.193 vta. y 209.- A fs. 199/205 la parte actora y a fs.214/222 la demandada interponen recursos extraordinarios por arbitrariedad de sentencia, resolviéndose a fs. 228/229 declarar inadmisibles ambos recursos.-Las partes se encuentran notificadas a fs. 229 vta./230 vta..- Asimismo, se deja constancia que en autos no se ha efectuado pago alguno a la fecha.- La parte actora constituye domicilio en Saavedra 140 y la demandada en Pringues Nº 421 de esta ciudad.- Conste.- Secretaría, de diciembre de 2009.-


  •      Formosa, de diciembre del año dos mil nueve.-

Atento al informe de ProductIDla Actuariala Actuaria que antecede, y a lo peticionado INCIDENTE DE EJECUCION DE SENTENCIA. y de conformidad con lo dispuesto por el art. 70 de ProductIDla Leyla Ley 639 líbrese contra EMPRESA PUERTO TIROL SRL. mandamiento de Intimación de pago por la suma de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS CON VEINTE CTVS. ($ 890.882,20) en concepto de capital, con más la suma de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL (445.000) que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses y costas del juicio. En defecto de pago, procédase a trabar embargo sobre los bienes del deudor, suficientes para cubrir las sumas indicadas precedentemente. La intimación de pago importará la citación de venta para oponer excepciones de pago documentado posterior a ProductIDla Sentenciala Sentencia dentro del plazo de CINCO (5)días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y el requerimiento para que manifieste si los bienes se encuentran ya embargados, o afectados por prenda u otro gravamen, en el primer caso el Juzgado, Secretaría y carátula del expediente donde se ordenó y en los otros el nombre y domicilio de los acreedores y el monto del crédito, bajo apercibimiento de lo previsto en los arts. 44 y 45 inc. g) del Dto. Ley 15.348 y Ley 112.962. El funcionario interviniente hará saber al depositario las prevenciones contenidas en el art. 217 del C.P.C.C., quien queda asimismo facultado para requerir el auxilio de la fuerza pública y allanar domicilio en caso de ser ello necesario (art. 214 del C.P.C.C.). Quedan autorizados a intervenir en el diligenciamiento del mismo el Dr Volta Santiago Juan y/o persona que éste designe, con facultad de ley, quedando facultados asimismo a denunciar nuevos domicilios, bienes a embargo, nombrar depositarios y toda otra medida de ley necesario para el diligenciamiento.- Por Secretaria déjese constancia en la causa principal de la iniciación del presente Incidente.-



NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que se ha dado cumplimiento a lo ordenado por S
.S.precedentemente.- Conste.- Secretaría, de diciembre de 2009.-



FORMOSA, de junio del año dos mil siete.-
Informe
ProductIDla L.Cla Actuaria.-
INFORME DE SECRETARIA:
Hago saber a V.S. que en autos principales a fs.85/92 obra sentencia Nº 150/06, en la que se hizo lugar parcialmente a la demanda promovida por Samuel Antonio Aguirre contra Carlos Raúl López condenando a éste último abonar a la primera la suma de $ 46. 732,22 en concepto de haberes, diferencias de haberes, adicionales, aguinaldos, vacaciones e indemnizaciones e indemnizaciones reguladas por los arts. 80, 232, 233, 245 LCT y art.l6 ley 25.561.- A fs.98 obra planilla de liquidación ascendien do la misma a la suma de $ 57.817,01 encontrándose las partes notificadas a fs. 100 vta., y 101 vta. en fecha 7.2.07 y l1.2.07-Se deja constancia que en autos no se ha interpuesto recurso ni efectuado pago alguno.- La parte constituye domicilio en maipú Nº 687-altos y la demandada en en Moreno Nº 474-altos y el real en Torre del Litoral, Piso 7º, Dpto.A de esta ciudad -Conste.-Secretaría, de junio de 2007.-







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  •      Formosa, de junio del año dos mil ocho.-
  •      Por contestado el traslado conferido a fs. 133.- De la impugnación formulada y pedido de ampliación de informe, traslado a los Sres.Médicos Forenses.-
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  •      FORMOSA, de mayo del año dos mil ocho.-
  •      Atento a lo peticionado remítase al Juzgado Civil y Comercial Nº 3 fotocopia debidamente certificada del fallo Nº 05/05 obrante a fs. 184/190.- A tal efecto, ofíciese.-



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  •      FORMOSA, de mayo del año dos mil ocho.-

Por contestado el traslado conferido a fs. 196.- Pasen los autos al Acuerdo para resolver el recurso interpuesto a fs. 192/195.-
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  •      Informe ProductIDla L.Cla Actuaria.-





INFORME DE SECRETARIA:
Hago saber a V.S. que en autos principales a fs. 70/78 obra sentencia Nº 23/06, en la que se hizo lugar demanda promovida por Angel Osvaldo Coronel y Lino Abel Echeverría contra Patrica Delgadillo condenando a ésta a abonar al primero la suma de $ 11.839,16 y al segundo de los nombrados lasuma de $ 10.481,72 en concepto de diferencias de haberes, adicional por caja, aguinaldos, vacaciones,e indemnizaciones.- A fs.81/82 obra planilla de liquidación ascendido la misma a la suma de $ 27.391,07.- A fs. 83Vta. y 84 obra constancia de notificación de las partes en fecha 07 y 14 de setiembre del año 2006 en el domicilio constituído.- Se deja constancia que a la fecha no se ha interpuesto recurso ni efectuado pago alguno.- La parte actora(Dr.Antola Julio Esteban) constituye domicilio en Belgrano 648-Of.6 y la demandada (Dr.Ruben Jimenez)en la calle Belgrano 1.389 de esta ciudad.-Conste.-Secretaría, de febrero de 2007.-







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  •      FORMOSA, de mayo del año dos mil siete.-

Por contestado el traslado conferido a fs. 314.- Pasen los autos al Acuerdo para resolver el recurso interpuesto.-
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Formosa, de febrero del año dos mil siete.----------------------------------------------
  •      Atento al informe de ProductIDla L.Cla Actuaria y a lo peticionado a fs. 1, fórmese INCIDENTE DE EJECUCION DE SENTENCIA. De conformidad con lo dispuesto por el art. 70 de ProductIDla L.Cla Ley 639, líbrese contra la ejecutada PATRICIA DELGADILLO mandamiento de Intimación de pago por la suma de PESOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO CON SIETECTVS. ($ 27.391,07) en concepto de capital, con más la suma de PESOS TRECE MIL SEISICENTOS NOVENTA Y CINCO. ($ 13.695) que se presupuesta provisoriamente para cubrir intereses y costas del juicio. En defecto de pago, procédase a trabar embargo sobre los bienes del deudor, suficientes para cubrir las sumas indicadas precedentemente. La intimación de pago importará la citación de venta para oponer excepciones de pago documentado posterior a ProductIDla L.Cla Sentencia dentro del plazo de CINCO (5)días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y el requerimiento para que manifieste si los bienes se encuentran ya embargados, o afectados por prenda u otro gravamen, en el primer caso el Juzgado, Secretaría y carátula del expediente donde se ordenó y en los otros el nombre y domicilio de los acreedores y el monto del crédito, bajo apercibimiento de lo previsto en los arts. 44 y 45 inc. g) del Dto. Ley 15.348 y Ley 112.962. El oficial de Justicia hará saber al depositario las prevenciones contenidas en el art. 217 del C.P.C.C., quien queda asimismo facultado para requerir el auxilio de la fuerza pública y allanar domicilio en caso de ser ello necesario (art. 214 del C.P.C.C.). Quedan autorizados para intervenir en el diligenciamiento del mandamiento, el Dr. Julio Antola (h) y/o Norma AliciaPavela y/o quién éstos designen, con facultad de ley, quedando facultados asimismo a denunciar nuevos domicilios, bienes a embargo, nombrar depositarios y toda otra medida de ley necesario para el diligenciamiento.- Por Secretaria déjese constancia en la causa principal de la iniciación del presente Incidente.-



NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que se ha dado cumplimiento a lo ordenado por S.S. a fs.
ProductIDla L.C3 in fine.- Conste.- Secretaría, de febrero de 2007.-

INFORME DE SECRETARIA: Hago saber a V.S. que a fs. 16/18 del incidente de nulidad que corre agregado por cuerda, se ha resuelto no hacer lugar a la nulidad planteada.- A fs. 19/22 y 23/29 la parte demandada ha interpuesto recurso de revocatoria y recurso extraordinario.- A fs. 34/35 se ha resuelto no hacer lugar a la revocatoria interpuesta y declarar inadmisible el recuso extraordinario.- De dicha resolución se ha notificado
ProductIDla L.Cla Dra. Ivonne Olmedo en fecha 29 de diciembre de 2004.- En autos no obra informe ni constancia de haberse interpuesto recurso de queja, a la fecha.- Conste.- Secretaría, de febrero de 2005.-
FORMOSA, de febrero del año dos mil cinco.-
Téngase presente el informe de
ProductIDla L.Cla Actuaria que antecede.- Atento al mismo, al estado de la presente causa, y proveyendo el escrito de fs. 133/140: Por interpuesto Recurso Extraordinario.- Del mismo, traslado a la contraria por el término y bajo apercibimiento de ley.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.-
FORMO
NOTA DE SECRETARIA: En el día de la fecha se reservan en SOBRE N° /05 EL Expte.N° 201-F° 170-Año 1996 "López Edilberto Ramón y otro c/Dos Fronteras S.R.L. y otros y/o quienes resulten responsables s/Laboral" del registro del Juzgado Civil, Com.y del Trabajo - Clorinda - en tres (3) cuerpos y el expte.N° 13-F° 214-Año 1992 "Gonzalez de Lacentre Miriam Josefina s/Medida Precautoria" del registro del Excmo.Superior Tribunal de Justicia.- Conste.- Secretaría, de febrero de 2005.-
FORMOSA, de febrero del año dos mil cinco.-
Atento al informe de
ProductIDla L.Cla Actuaria que antecede y a lo peticionado por el sr.perito a fs. 147, líbrese orden de pago a favor de ROBERTO ARGENTINO VEGA por la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200) contra el Banco de Formosa S.A. en concepto de anticipo de gastos.-Asimismo, hágasele saber que se concede el préstamo del expediente por el término de setenta y dos (72) horas y sus respectivas documentales por el plazo de diez (10) días, a fines de la realización de la labor pericial encomendada.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.-
FORMOSA, de febrero del año dos mil cinco.-
Previo a resolver lo peticionado y advirtiendo que no se ha cumplimentado con lo ordenado a fs. 613 vta., conforme art. 583 del C.P.C.C., extráigase la presente causa del Acuerdo dejándose constancia.-
NOTA DE SECRETARIA: En el día de la fecha se procede a dar cumplimiento a lo ordenado por S.S.- Conste.- Secretaría, de febrero de 2005.-
FORMOSA, de febrero del año dos mil cinco.-
Proveyendo el escrito de fs. 33: Agréguese el Bono de Actuación letrada y del poder general que se acompañan y téngase al recurrente por presentado, parte en el carácter invocado, por constituído domicilio legal, désele la correspondiente intervención de ley.- Al escrito de fs. 34: Atento a lo peticionado, concédase una prórroga de tres (3) días para la presentación de las documentales requeridas a fs. 26 y vta.- Notifíquese personalmente o por cedula.-
FORMOSA, de noviembre del año dos mil cuatro.-
Atento a lo resuelto a fs. 109 vta. y a la ampliación de prórroga concedida a fs. 112 vta. y no encontrándose vencido el plazo para la presentación del informe pericial, a lo peticionado no ha lugar en este estado.-
FORMOSA, de febrero del año dos mil cinco.-
Informe
ProductIDla L.Cla Actuaria.-
INFORME DE SECRETARIA: Hago saber a V.S. que a fs. 175 obra boleta de depósito de fecha 26.10.04 dando cuenta del depósito por la suma de $ 250,72 en la cta.judicial N° 1035261/7; y a fs. 173 vta. constancia de retiro de fondos por la suma de $ 251,11 de dicha cta.judicial.- Conste.- Secretaría, de febrero de 2005.-
FORMOSA, de febrero del año dos mil cinco.`-
>Téngase presente el informe de
ProductIDla L.Cla Actuaria que antecede.- Habiéndose percibido el monto de la liquidación practicada a fs. 154 conforme constancia de fs. 160 vta. y los honorarios regulados a fs. 169 conforme orden de libramiento de pago retirado a fs. 173 vta., a lo peticionado no ha lugar.- PROVEO CON HABILITACION DE DIAS Y HORAS.
FORMOSA, de setiembre del año dos mil cuatro.-
Agréguese las boletas de depósito que se acompañan y téngase presente.- Informe
ProductIDla L.Cla Actuaria.-
INFORME DE SECRETARIA: Hago saber a V.S. que las boletas obrantes a fs.84/85 dando cuenta del depósito de las sumas de $ 300 y $ 400 corresponden a las presentes actuaciones.- Conste.- Secretaría, de setiembre de 2004.-

FORMOSA, de setiembre del año dos mil cuatro.-
Téngase presente el informe de
ProductIDla L.Cla Actuaria que antecede.- Atento al mismo, a lo peticionado y a los depósitos obrantes en autos, líbrense ordenes de pago a favor de la sra.TERESA NOTARIO por la suma de PESOS TRESCIENTOS ($ 300) en concepto de intereses y capital y al Dr.HORACIO LOZINA por la suma de PESOS CUATROCIENTOS ($ 400) en concepto de honorarios, ambos contra el Banco de Formosa S.A.- PROVEO CON HABILITACION DE DIAS Y HORAS.- Fecho, pasen los autos al Acuerdo conforme lo ordenado a fs. 82, punto II.-
FORMOSA, de setiembre del año dos mil cuatro.-
Proveyendo los escritos de fs.58/59: Agréguense las copias de poderes que se acompañan y téngase al recurrente por presentado, en el carácter invocado, por constituído domicilio legal, désele la intervención de ley.- Por ratificada la gestión del Dr.Largión Carabajal, y téngase presente.-
NOTA DE SECRETARIA:En el día de la fecha se reserva en
ProductIDla L.Cla Caja de Seguridad de ProductIDla L.Cla Sala el Sobre N° 173/04 conteniendo un libro laboral en original (25 fs.).- Conste.- Secretaría, de agosto de 2004.-
INFORME DE SECRETARIA: Informo a V.S. que el expediente administrativo N° 219-"A"-02 fue recepcionado en
ProductIDla L.Cla Sala en los autos caratulados:"Medina Cáceres Ramón Osvaldo y otro s/Recurso de Nulidad - Art.47 ley 473/85 en autos caratulados: "Albornoz Roque y otros y Empresa Puerto Tirol S.R.L. s/Acuerdo Laboral", Expte.N° 63 - F° 180 - Año 2003, en los que actúa como Juez de Trámite ProductIDla L.Cla Dra.Nélida P.Marquevichi de Zorrilla.- Los autos de referencia se encuentran al Acuerdo desde el 17-05-ProductIDla L.C04 a efectos de resolver recurso de nulidad y apelación conforme lo prescripto por el art. 47 de la ley 473, no habiéndose dictado sentencia a la fecha.- Conste.- Secretaria, de junio de 2.004.-
FORMOSA, de junio del año dos mil cuatro.-
Téngase presente el informe precedente y resuelto que fuere la causa citada precedentemente, se proveerá respecto al estado del presente incidente.-
FORMOSA, de mayo del año dos mil cuatro.-
Atento a lo peticionado, hágase saber al interesado que las presentes actuaciones se encuentran a su disposición en Mesa de Entradas, a los fines pertinentes.- PROVEO CON HABILITACION DE DIAS Y HORAS.-
FORMOSA, de junio del año dos mil cuatro.-
Como medida de mejor proveer, informe
ProductIDla L.Cla Actuaria acerca de la tramitación ante ProductIDla L.Cla Sala del Incidente de Ejecución de Acuerdo Homologado de la correspondiente causa.-
INFORME DE SECRETARIA: Hago saber a V.S. que en fecha 18 de mayo ppdo. se ha iniciado incidente de ejecución de acuerdo homologado habiéndose dado curso al mismo conforme resolución de fs. 2 vta. de fecha 21-05-04 del mismo, encontrándose a la fecha con libramiento de mandamiento de intimación de pago y embargo.- Asimismo, hago saber que el Acuerdo ejecutado es el que arribaran las partes a fs. 95 y vta. de la causa principal, es por el monto de $ 4.200, pactándose que será abonado de la siguiente manera: el demandado entregará al actor en el curso del mes de abril cuatro vacas con preñez que se cotizan en $ 600 cada una y una vaca con cría que se cotiza en $ 800.- Asimismo se abonará la suma de $ 1.000 en dos cuotas de $ 500 mediante depósito judicial, a efectivizarse los días 07 de mayo y cuatro de junio del cte.año.- Se deja constancia que a la fecha no se cumplimentado el acuerdo pactado. por las partes.- Conste.-Secretaria, de junio de 2004.-
FORMOSA, de mayo del año dos mil cuatro.-
Atento al informe de
ProductIDla L.Cla Actuaria que antecede, a lo peticionado y a la existencia de fondos, líbrese orden de pago a favor de la sra.MARTINEZ AMERICA ISABEL por la suma de PESOS QUINIENTOS ($ 500) contra el Banco de Formosa S.A. en concepto de intereses y capital.-
FORMOSA, de junio del año dos mil cuatro.-
No habiendo la demandada dado cumplimiento a la intimación de fs.22 y vta., pese a estar la contraria debidamente notificada a fs. 23 vta.in fine, désele por decaído el derecho dejado de usar (arts.
ProductIDla L.C55 L.C.T., ProductIDla L.C56 C.P.L. y 385 del C.P.C.C.).-
INFORME DE SECRETARIA: Hago saber a V.S. que a fs. 37/43 del Incidente de Ejecución de Honorarios en Embargo Preventivo, de las presentes actuaciones obra oficio N° 20/03 dirigido al Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos de
ProductIDla L.Cla Provincia de Formosa, mediante el cual se solicita la traba de embargo ejecutivo sobre los créditos que tuviere a percibir en dicho Ministerio la demandada en autos, informando al respecto que ese organismo ha tomado razón del embargo decretado sobre los créditos, que en el futuro, tenga la demandada Cooperativa de Trabajo Forestal y Vivienda El Pucú Limitada, habida cuenta que a la fecha no tiene acreencias a percibir.- Conste.- Secretaría, de abril de 2004.-
FORMOSA, de abril del año dos mil cuatro.-
Téngase presente el informe de
ProductIDla L.Cla Actuaria que antecede y pasen los autos al Acuerdo para resolver.-
NOTA DE SECRETARIA: En el día de la fecha se reservan los sobres N°s.149/01 y 105/02 que fueran remitidos por
ProductIDla L.Cla Secretaría del Excmo.Sup.Tribunal de Justicia.- Conste.- Secretaría, de abril de 2004.-
FORMOSA, de abril del año dos mil cuatro.-
Previamente informe
ProductIDla L.Cla Actuaria.-
INFORME DE SECRETARIA: Habiéndose consignado erróneamente el domicilio del demandado sr.Orlando César Gudiño, hago saber V.S. que en los autos principales se ha denunciado como domicilio real el de Hipólito Irigoyen N° 1.579 de esta ciudad.- Conste.-Secretaría, de abril de 2004.-
FORMOSA, de abril del año dos mil cuatro.-
SEÑORA JUEZ:
Dando cumplimiento a lo ordenado a fs. 106, hago saber ue a fs. 107/110 de las presentes actuaciones obran agregadas las actas de subastas - ordenada a fs.87- de los muebles embargados en el presente incidente, a saber: Una impresora Marca Epson Action Printer 2000 vendida al sr. Javier Andrés Cánepa en la suma de $ 50; Una computadora con CPU 24X MAX, un monitor de
ProductIDla L.C14 pulgadas marca Mark Visión Non Interlaced y un teclado BTC modelo 5121 FCCID al sr. Guillermo `David Martín en la suma de $ 260; un Fax PANASONIC al sr.Crispín Vera en la suma de $ 225 y un automóvil dominio RND 442 al sr. Guillermo David Martín en la suma de $ 6.400; habiéndose depositado la totalidad de dichas sumas ($ 6.935) en la cuenta judicial N° 1036429/9 conforme surge de la boleta de depósito agregada a fs. 112.- A la fecha dicha suma ha sido retirada en su totalidad, $ 241,44 por el sr. Martillero José Luis Grassi (fs.133 vta.) y $ 6.693,56 por el sr. Juan Carlos Riveros (fs.137 vta.).- Asimismo que a fs. 47 del Incidente de Ejecución de Honorarios promovido por los Dres. Alberto F.Sánchez y Carlos Schaefer se ha dispuesto la subasta del automóvil Dominio CAP 069 y Dominio RND 442, habiéndose realizado la subasta del automotor nombrado en primer lugar conforme da cuenta el acta agregado a fs. 70 del referido incidente y cuya fotocopia debidamente certificada se agrega a estos autos; de la cual surge haberse vendido al sr. Pedro Ruiz Díaz por la suma de $ 10.250, habiéndose depositado en cuenta judicial N° 1033596/8 según da cuenta la boleta de depósito agregada a fs. 69 por la suma de $ 11.275 (monto del automotor y comisión del martillero $ 1.025).- A la fecha dicha suma ha sido percibida en su totalidad ($ 2.444 los Dres. Alberto F:Sánchez y Carlos Schaefer, cada uno; $ 201,44 y $ 1.025. reintegro de gastos al martillero y comisión; y $ 5.160,56 fueron transferidos y percibidos por el sr. Riveros Juan Carlos en el presente incidente de ejecución de sentencia.- Conste.- Secretaría, de abril de 2004.-
FORMOSA, de abril del año dos mil cuatro.-
Téngase presente el informe que antecede.- Dése cumplimiento al pase al acuerdo ordenado a fs.
ProductIDla L.C106 in fine.-

FORMOSA, de abril del año dos mil cuatro.-
Previo a proceder al archivo de las presentes actuaciones, intímase a la parte actora a que en el término de tres (3) días proceda a retirar la documental contenida en sobre de pruebas N° 34/00 conforme lo ordenado en el punto IV de la resolución de fs. 69/70, bajo apercibimiento de archivar las mismas en el estado en que se encuentran.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE OPOR CEDULA.-
FORMOSA, de abril del año dos mil cuatro.-
No habiendo la parte actora dado cumplimiento a la intimación de fs. 509, pese a estar debidamente notificada, ARCHIVENSE las presentes actuaciones en el estado en que se encuentran, dejándose debida constancia en los registros pertinentes.-
FORMOSA, de abril del año dos mil cuatro.
Proveyendo el escrito de fs.30: Atento a lo peticionado, hágase saber a la interesada que las actuaciones requeridas se encuentran en Mesa de entradas a sus disposición.- A lo demás, téngase presente la sustitución de facultades a favor de
ProductIDla L.Cla Dra. Sheila W:Arias y hágase saber.- Al escrito de fs. 31: Conforme a lo peticionado, téngase a la recurrente por presentada, por constituído domicilio legal, désele la intervención de ley.-
as
ysuy 215: Agréguense las boletas de depósito acompañadas y hágase saber a sus efectos.- A los escritos de fs. 217/218: Agréguese el informe bancario que se adjunta y conforme a lo peticionado, líbrese orden de pago a favor de las Dras.SUSANA K. ROMAN y VANESA ANALIA VERDUN por la suma de PESOS CUATROCIENTOS ($ 400) para cada una de ellas y al sr. JORGE LUIS GRASSI, conforme depósito obrante a fs. 214, por la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO CON CINCUENTA Y CUATRO CTVS. ($635,54),contra el Banco de Formosa S.A. en concepto de intereses de capital por honorarios.- PROVEO CON HABILITACION DE DIAS Y HORAS.-
Habiéndose consignado erróneamente en la cédula librada a fs. 18 el nombre del demandado, nulifíquese la diligencia practicada a fs. 18 vta.- No existiendo tiempo material para la notificación en el plazo de ley la audiencia señalada a fs. 17, SUSPENDASE la misma y fíjase una nueva para el día TREINTA DE ABRIL DEL CORRIENTE AÑO, a las ONCE Y TREINTA (11:30) HORAS, a los fines y bajo los mismos apercibimientos que la anterior.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA al demandado conjuntamente con la resolución de fs. 17.---------------------------
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FORMOSA, de abril delaño dos mil cuatro.-
Tratándose todos los créditos laborales de carácter alimentario, a la habilitación de días y horas peticionado, no ha lugar.- Vuelvan los autos a Despacho a efectos de proveer lo que corresponda.- PROVEO CON HABILITACION DE DIAS Y HORAS.-
FORMOSA, de abril del año dos mil cuatro.-
Extraiganse los autos del Acuerdo e informe Secretaría sobre el estado del expediente principal.-
INFORME DE SECRETARIA: Conforme lo ordenado precedentemente en el día de la fecha se procede a extraer la presente causa del acuerdo.- Asimismo que, conforme surge de las constancias obrantes en los registros de
ProductIDla L.Cla Sala en los autos principales en fecha 05.08.03 se ha dictado sentencia N° 23/03 haciéndose lugar a la demanda entablada.- En fecha 17.12.03 las referidas actuaciones fueron remitidos al Excmo.Superior Tribunal de Justicia conforme se peticionara oportunamente.- Conste.- Secretaría, de abril de 2004.-
FORMOSA, de abril del año dos mil cuatro.-
Visto el informe de
ProductIDla L.Cla Actuaria que antecede, suspéndase la tramitación del presente incidente (art. ProductIDla L.C279 C.P.C.C.).-

TA DE SECRETARIA: se deja constancia que en la fecha se procede a reservar en
ProductIDla L.Cla Caja de Seguridad de ProductIDla L.Cla Sala el SOBRE DE PRUEBAS N° 73/04, conteniendo: *Nueve (9) Recibos de Haberes (originales); *Dos (2) Cartas Documentos c/talones N° 05700315 c/Aviso de Recibo (en copia) y N° 415897302 (en original).- CONSTE. SECRETARIA, de abril de 2.004.-----------------------------------------------------------------
FORMOSA, de abril del año dos mil cuatro.-
No habiendo la demandada dado cumplimiento a las intimaciones de fs. 138 vta. - exhibición de libros laborales obligatorios y presentación del talonario N° 45 y el libro de ventas, pese a estar debidamente notificada, desele por decaído el derecho dejado de usar.- (arts.
ProductIDla L.C55 L.C.T., ProductIDla L.C56 C.P.L. y ProductIDla L.C385 C.P.C.C.).- Hágase saber dicha circunstancia al oferente de la prueba pericial contable, a efectos de que en el término de tres (3) días haga valer sus derechos bajo apercibimiento de ley.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE OPOR CEDULA-
FORMOSA, de marzo del año dos mil cuatro.-
Proveyendo el escrito de fs. 275: Atento al consentimiento expreso formulado por el ejecutado, téngase por aprobada la planilla de liquidación de fs. 145 en cuanto hubiere lugar a derecho; consecuentemente y no habiéndose suscripto la orden de pago de fs. 272, déjase sin efecto la misma y líbrese orden de pago a favor del sr.MAS GUALBERTO por la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 1.692) contra el Banco de Formosa SA en concepto de capital e intereses.- A lo demás: Atento a lo peticionado, intímase a la parte actora a que practique liquidación de intereses, gastos y comisión de la martillera, en el término y bajo apercibimiento de ley (art.
ProductIDla L.C588 C.P.C.C.).-Al escrito de fs. 276/277: Por interpuesto recurso de revocatoria.- Del mismo, traslado a la contraria por el término y bajo apercibimiento de ley.-NOTIFIQUESE PERSONALEMNTE O POR CEDULA.- No habiendo el ejecutante contestado el traslado conferido a fs. 252 vta. pese a estar debidamente notificado, désele por decaido el derecho dejado de usar.- Pasen los autos al Acuerdo para resolver el recurso extraordinario interpuesto en autos.-.-
FORMOSA, de marzo delaño dos mil cuatro.-
Resultando elevado el monto requerido por el perito calígrafo como anticipo de gastos y no hallándose acreditado el valor invocado de micro y macrofotografías, redúcese lo peticionado a la suma de pesos trescientos ($ 300) e intímase a la parte demandada a que en el término de cinco (5) días deposite dicha suma en concepto de anticipo de gastos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 460 del C.P.C.C.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- A la suspensión de plazo para la presentación del informe pericial: Como se peticiona.- Hágase saber al perito que al presentar el informe deberá acreditar los gastos efectuados bajo apercibimiento de ley.-
FORMOSA, de abril del año dos mil cuatro.-
Atento al estado de autos, intímase a las partes a que en término de tres (3) días procedan a retirar las documentales contenidas en sobres de prueba N°s. 209/01 y 104/02 bajo apercibimiento de archivar las presentes actuaciones en el estado en que se encuentran.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.-
to al poder acompañado, téngase al recurrente por presentado, parte en el carácter invocado, por constituido el domicilio legal, désele la correspondiente intervención de ley. Surgiendo de la constancia de notificación obrante en el margen superior derecho del oficio acompañado, que los demandados han sido notificados en forma extemporanea y atento al planteamiento formulado en el plazo de ley, SUSPENDASE la audiencia señalada para el día de la fecha y fíjase una nueva para el día TREINTA DE ABRIL DEL CORRIENTE AÑO, a las NUEVE Y CUARENTA Y CINCO (09:45) HORAS, a los mismos fines y apercibimientos que la anterior. Hágase saber al presentante que oportunamente deberá denunciar el domicilio real de los demandados.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA. PROVEO CON HABILITACION DE DIAS Y HORA.-
FORMOSA, de marzo del año dos mil cuatro.- Proveyendo el escrito de fs. 5: Agréguense las fotocopias acompañadas y téngase al recurrente por presentado, parte en el carácter invocado, por constituído domicilio legal, désele la intervención de ley.- Del levantamiento de embargo peticionado, traslado al ejecutante por el término y bajo apercibimiento de ley.- (art. 104 del C.P.C.C.).- Previa certificación por Secretaría de la fotocopia del Documento Nacional de Identidad acompañado, devuélvase a su presentante el original.- Interín, resérvense las documentales presentadas.- Al punto 3) Oportunamente.- No habiéndose denunciado domicilio real, haciendo efectivo el apercibimiento previsto por el art. 41 segundo párrafo del C.P.C.C., practíquense las notificaciones que deban serlo en el mismo en su domicilio constituído.- NOTIFIQUESE PERSONALEMTE O POR CEDULA.-
NOTA DE SECRETARIA: Dando cumplimiento a lo ordenado precedentemente por S.S. se procede a certificar la fotocopia de DNI y a reservar en el SOBRE N° los originales de tres (3) recibos de fechas 21 de agosto/91, 25 de julio/00 y 12 de mayo /98 extendidos por el Instituto Pcial.de Colonización y Tierras Fiscales de
ProductIDla L.Cla Pcia.- Conste.- Secretaría, de marzo de 2004.-
FORMOSA, de marzo del año dos mil cuatro.----------------------------------------------
Téngase presente la sustitución de facultades a favor de la sra. Hilda Díaz y atento a lo peticionado autorízace a la misma a la compulsa del expediente, extracción de fotocopias, retiro de oficios, mandamientos y cédulas, bajo responsabilidad del recurrente.- A las demás diligencias no ha lugar habida cuenta que el profesional interviniente deberá retirarlos en la oportunidad de notificarse personalmente o por cédula.-
as
Previo a considerar lo peticionado por la parte actora a fs. 30, siendo de público y notorio conocimiento por la difusión periodística dada a la cuestión, el estado concursal de la demandada que derivó en la caducidad de la concesión del servicio público de correo de la que era titular, líbrese oficio al Correo Argentino S.A. - Suc. Formosa- requiriendo informe acerca del estado jurídico de la misma, quien es la continuadora del servicio de correo y todo otro dato de interés, quedando a cargo de la accionante la confección y su diligenciamiento.-
FORMOSA, de marzo del año dos mil cuatro.-
Agréguese el informe bancario que se acompaña y téngase presente.- Conforme lo peticionado y lo resuelto a fs.37, líbrese orden de pago a favor del Dr. CESAR MIGUEL MARTINEZ por la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTE ($ 720) contra el Banco de Formosa S.A. en concepto de intereses.- PROVEO CON HABILITACION DE DIAS Y HORAS.-
as
FORMOSA, de febrero del año dos mil cuatro.-
Agréguese el informe bancario acompañado y téngase presente.- Informe
ProductIDla L.Cla Actuaria.- as
INFORME DE SECRETARIA: Hago saber a V.S. que el informe bancario a fs. 63 dando cuenta de la existencia de la suma de $ 368 correspondiente al pago parcial de intereses por capital, cuya liquidación fuera practicada a fs. 60.- CONSTE. SECRETARIA, de febrero de 2.004.-
FORMOSA, de marzo del año dos mil cuatro.-
Atento al estado del presente incidente y al tiempo transcurrido, paralícese el mismo dejándose constancia en los registros pertinentes.-
FORMOSA, de febrero del año dos mil tres.
No habiendo el ejecutado constituido domicilio pese a estar debidamente notificado conforme diligencia de fs.15, haciendo efectivo el apercibimiento de ley, téngaselo por constituido el domicilio en los Estrados del Tribunal, haciéndose saber que las sucesivas notificaciones se efectuarán por Ministerio de Ley.- En consecuencia, téngase por notificada el traslado de la liquidación dispuesta a fs. 60 vta. con la inclución en lista de despacho de la presente resolución.-
FORMOSA, de febrero del año dos mil cuatro.-
Extráiganse los autos del Acuerdo y requiérase por Secretaría, el expte.administrativo N° 662-N-
ProductIDla L.C03 aProductIDla L.Cla Subsecretaría de Trabajo, Justicia y Culto de ProductIDla L.Cla Provincia. - A tal efecto, of{iciese.- Fecho, vuelvan los autos al Acuerdo.-
as
NOTA DE SECRETARIA:En el día de la fecha se procede a extraer la presente causa del acuerdo conforme lo ordenado por S.S.- Conste.- Secretaría, de febrero de 2004.-
as
FORMOSA, de febrero del año dos mil cuaro.-
Téngase presente el informe de
ProductIDla L.Cla Actuaria que antecede.- Atento al mismo, hágase saber a ProductIDla L.Cla Señora Juez de Trámite a sus efectos.-
EDUARDO DOS SANTOS
  •       Presidente


FORMOSA, de febrero del año dos mil cuatro.-
Atento a lo peticionado en el oficio que antecede, remítanse las presentes actuaciones a
ProductIDla L.Cla Secretaría de Recursos del Excmo.Superior Tribunal de Justicia, a sus efectos.- Sirva la presente de atenta nota de estilo.-
MARTHA O.NEFFEN DE LINARES
Juez

FORMOSA, de febrero del año dos mil cuatro.-
Téngase a la recurrente por presentada, parte, por constituído domicilio procesal y denunciado el real, désele la intervención de ley.- Pasen los autos al Acuerdo para resolver.- Por Secretaría, resérvese las documentales que se acompañan.-
NOTA DE SECRETARIA: En el día de la fecha se reserva en
ProductIDla L.Cla Caja de Seguridad de ProductIDla L.Cla Sala el sobre N° 09/04 conteniendo treinta y tres (33) recibos de haberes de la sra. Subeldía Andrea Elizabeth.- Conste.- Secretaría, de febrero de 2004.-
FORMOSA, de febrero del año dos mil cuatro.-
Agréguese el informe bancario que se acompaña y téngase presente.- Conforme lo peticionado y existiendo fondos depositados en autos, líbrese orden de pago a favor del Dr. PORFIRIO ADOLFO RUIZ DIAZ por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA CON SETENTA Y DOS ($ 250,72) contra el Banco de Formosa S.A. en concepto de honorarios.-
Surgiendo del texto de escrito que antecede que el mismo correspondería al Incidente de Embargo Preventivo por Honorarios regulados en la causa principal, se procede a proveer el mismo en dicho incidente.- Agréguese el informe bancario que se acompaña y téngase presente.- Atento a lo peticionado y al estado del presente incidente, líbrese orden de pago a favor del Dr.LOVERA GERMAN DARIO por la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS DIEZ ($2.910) contra el banco de Formosa S.A. en concepto de de cancelación de honorarios y costas de estos autos.- Pasen los autos al Acuerdo a efectos de resolver el levantamiento de embargo peticionado.- Por Secretaría, déjese constancia de lo aquí resuelto en el Incidente de Ejecución de Honorarios.- PROVEO CON HABILITACION DE DIAS Y HORAS.-
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FORMOSA, de febrero del año dos mil cuatro.-
Proveyendo el escrito de fs. 29: Previamente cumpliméntese con el pase al Acuerdo ordenado a fs. ProductIDla L.C18 in fine.-

NOTA DE SECRETARIA: Se deja constancia que el oficio presentado por Mesa de Entradas en fecha 02.02.04 dirigido al Instituto de Colonización y Tierras Fiscales no se suscribe por no encontrarse ordenado el embargo sobre el inmueble sobre el cual posee derechos la sra.Elina Gutierrez de Santillán.- Asimismo se hace saber que la resolución transcripta en el último párrafo se encuentra diligenciada a fs. 28.- Conste.- Secretaría, de febrero de 2004.-



FORMOSA, de febrero del año dos mil cuatro.-
Por Secretaría remítase a
ProductIDla L.Cla A.F.I.P. fotocopia certificada del acuerdo conciliatorio y resolución homologatoria de fs. 73 en los términos del art. 15 de ProductIDla L.Cla L.C.T., haciéndose saber que el expediente se encuentra a disposición del organismo para su consulta, en los Estrados del Tribunal, sito en calle España N° 157 de esta ciudad, Sala Primera.-
as


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  •      FORMOSA, de febrero del año dos mil cuatro.------------------------------------------------

Téngase presente y agréguense las fotocopias de oficios que se acompañan con la debida constancia de recepción.-
FORMOSA, de noviembre del año dos mil tres.-
Estése a lo ordenado a fs. 26 segundo párrafo.-
Formosa, de noviembre del año dos mil tres.-
Proveyendo el escrito de fs.49: Téngase por presentado el certificado de servicios que se acompaña y hágase saber.- Por Secretaría resérvese el mismo hasta su oportunidad.- Al escrito de fs. 58/59: Por contestado el traslado conferido a fs.48 y vta.- De las documentales acompañadas, traslado a la contraria por el término y bajo apercibimiento de ley.- Por Secretaría, resérvese las mimas.-
NOTA DE SECRETARIA: En el día de la fecha se reservan los sobres de pruebas N°s. 271/03 contendiendo certificado de servicios del sr. Armoa y N° 272/03 conteniendo una (1) exposición policial y seis (6) partidas de nacimientos.- Conste.- Secretaría, de noviembre de 2003.-
FORMOSA, de noviembre del año dos mil tres.-
Agréguese el informe bancario que se acompaña y t`ngase presnete.- Conforme lo peticionado y existiendo fondos depositados en autos, líbrese orden de pago a favor del sr. LUNA LUIS OSVALDO por la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON OCHO CENTAVOS ($ 485,08) contra el banco de Formosa S.A. en concepto de capital.-
FORMOSA, de octubre del año dos mil tres.-
Téngase presente.- De lo peticionado, córrase traslado a la contraria por el término y bajo apercibimiento de ley conjuntamente con lo ordenado a fs. 17.- NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA.- PROVEO CON HABILITACION DE DIAS Y HORAS.-



Dra NELIDA P. MARQUEVICHI de ZORRILLA

Juez
Tribunal del Trabajo
Dr. EDUARDO DOS SANTOS

Juez
Tribunal del Trabajo
DR. MARTHA O. NEFFEN de LINARES

Juez
Tribunal del Trabajo

...
SECRETARIA, 15 de diciembre de 2009.-


Dra. MARIA C. CORDOBA de PANIAGUA

SECRETARIA


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