Imprimir Proveido | Cerrar Ventana | |
---|---|---|
La U.A.P. les informa que se encuentra habilitada la opcion de marcar y copiar el contenido del proveido al portapapeles.- | ||
urn:schemas-microsoft-com:office:smarttags
Expte Nro : 00103/11 --- (000) EL COLORADO, 13 de marzo de 2015.- Proveyendo fs. 82/83: Al punto 1) En atención al estado de la causa, y no habiendo sido objetada la planilla de liquidación practicada a foja 80 por la parte demandada, en el término que se tenía para ello, désele por decaída tal facultad, no obstante y toda vez que se advierte que: en el Rubro I de la planilla de liquidación, se ha practicado interés sobre interés (Anatocismo) al acumularse el mismo a cada saldo; y en el Rubro II, teniendo en cuenta que se acredita mediante Ticket Factura que el valor de combustible por litro es de $13,57 y que el consumo promedio estipulado por el recorrido realizado de esta ciudad de El Colorado hasta Formosa Capital y viceversa es de ProductID400 km400 km; y que el consumo ronda en los ProductID8 litros8 litros por cada ProductID100 km100 km, los litros de combustible en el total del recorrido realizado serían de ProductID32 litros32 litros por el precio unitario del mismo $ 13,57 lo que daría un total de $ 434,24 por viaje realizado; y atento a que ProductIDla Leyla Ley de Honorarios en su Art. 65 inc.13 reconoce el 25% del valor del combustible por kilómetro recorrido tendríamos un total de $108,56 por viaje; además según lo establecido por el Art.77 último párrafo del C.P.CyC., corresponde reconocer los gastos en forma racional, caso contrario so riesgo de desnaturalizar el presente proceso por gastos que representan un porcentaje excesivo; teniendo en cuenta lo expresado por ProductIDla Excma.ProductIDla Excma. Cámarala Excma. Cámara Civil y Comercial en el Fallo Nro 17.193 de fecha 18/09/2014; además toda vez que los oficios Nro 1463/11 a fs.31, Nro 185/12 a fs.38, Nro 1174/12 a fs.45 y Nro 1234/14 a fs.71, sólo consta su presentación, los cuales no se encuentran diligenciados excluyéndolos de la presente planilla; por ello y de conformidad a las facultades otorgadas por los Arts. 34 y 36 del CPCC; se procede a corregir el cálculo de los intereses y gastos conforme lo expresado ut-supra, resultando el siguiente cuadro: Rubro I Período Pagos Capital Tasa Interés Abril/11 $ 7.000,00 41,85% $2.929,50 Julio/13 $ 1.000,00 $ 6.000,00 4,65% $ 279,00 Octubre/13 $ 525,00 $ 5.475,00 4,65% $ 254,59 Enero/14 $ 5.475,00 22,55% $1.234,61 Noviembre/14 $ 5.475,00 $ 0,00 Saldo de Capital $ 0,00 Total intereses $ 4.697,7 Saldo de Capital $ 0,00 Total intereses $ 4.697,7 Total Rubro I $ 4.697,70 Rubro II Diligenciamiento Oficio 1044/11 $ 108,56 Diligenciamiento Céd. Acordada 914 $ 108,56 TASA DE JUSTICIA $ 15,00 Art.65 inc.11 Ley Nro 512 (2JUS) $ 485,24 Total Rubro II $ 807,36 En resumen: Total Rubro I $ 4.697,70 Total Rubro II $ 807,36 Total General $ 5.505,06 En su mérito apruébese la misma en cuanto ha lugar en derecho ascendiendo en consecuencia la presente planilla a la suma de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS CINCO CON 6/100 CVTOS ($ 5.505,06) en concepto de intereses y gastos.- Al punto 2) Agréguese a autos el informe del Banco de Formosa S.A. Delegación El Colorado que se acompaña y téngase presente. Al punto 3) y 4) Oportunamente firme que fuere la planilla aprobada precedentemente. K.M. Dr. DARIO CARLOS BITAR Juez
|
Poder Judicial de Formosa Secretaría de Trámites Originarios © Unidad de Atención al Profesional © |